Sentencia del T.S. sobre subrogación de auxiliares.

 
Por el interés que pudiera tener para todos, adjunto remito una interesante sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en relación con la SUBROGACION DE AUXILIARES. Para evitar malos entendidos, os indico que es una sentencia es sobre  un hecho concreto y a las causas que lo generan y por lo tanto, NO APLICABLE a la totalidad de los casos.

Calendario de convocatorias de pruebas de selección para vigilantes y especialidades 2013


Resolución de 4 de abril de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 11 de diciembre de 2012, por la que se aprueba el calendario de convocatorias de pruebas de selección para Vigilantes de Seguridad y sus especialidades para el año 2013, y bases de las convocatorias.

Comunicado de la Sección Sindical de CC.OO. en Segur Ibérica-Madrid sobre la aplicación del convenio colectivo 2012-2014




 
               Estimados  compañeros, como sección sindical con representación en el comité de empresa en Segur Ibérica-Madrid queremos ponernos en contacto con todos los trabajadores de la empresa para comunicaros la situación actual que surge con la aplicación del convenio colectivo 2012-2014.


Sentencia del Tribunal Supremo sobre el despido colectivo por causas economicas





Esta importante sentencia, valida para el sector de seguridad privada, resuelve si los despidos efectuados al amparo del articulo 51 de E.T. por causas economicas, tecnicas, organizativas y de producción, se ajustan a derecho.
Asi como, cita los requisitos formales para su tramitación y la obligación de entregar la documentación que exige el articulo 51.2 del E.T. a la representación de los trabajadores, ya que la finalidad de tal precepto es que los representantes de los trabajadores tengan una información suficientemente expresiva para conocer las causas de los despidos y poder afrontar el periodo de consultas adecuadamente y conocer la situación economica real de la empresa.
Llega a la conclusión de la existencia y relevancia de los graves defectos formales en la tramitación del expediente que habia de conducir a la extinción de los contratos.

Publicado en el BOE el Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad Privada


Resolución de 11 de Abril de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad privada.

La banca contratará seguridad privada para evitar ocupaciones en viviendas.


Los precedentes de las ocupaciones de una promoción en Salt y otra en Sabadell, propiedad ambas de la Sareb, por parte de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), han desatado la alarma entre la banca. Las entidades recurrirán a la seguridad privada para la protección de promociones vacías en Andalucía ante el temor de que la PAH o cualquier otra plataforma antidesahucio pueda repetir estas acciones apoyadas en el nuevo decreto aprobado por la Junta de Andalucía.
 
Varias entidades, según ha podido saber Vozpópuli, han aprobado la contratación de empresas de seguridad privada para custodiar aquellas promociones de viviendas nuevas que estiman que pueden tener una rápida salida en el mercado a lo largo de los próximos meses. Pretenden evitar tanto algún proceso de ocupación, que ya han comenzado a producirse en alguna localidad andaluza, como robos.
 
No es la primera vez que la banca recurre a este tipo de servicios de seguridad privada, según confirman fuentes del sector de la seguridad. En Madrid, varias entidades financieras contrataron, meses atrás, a vigilantes privados para evitar la entrada en las viviendas o, en otros casos, el desalojo de las personas que habían tomado las viviendas.
 
La preocupación viene ahora por el real-decreto ley aprobado en Andalucía que prevé la expropiación temporal del uso de viviendas en procesos de ejecución hipotecaria o que estén desocupadas. El texto de la normativa andaluza considerará como inhabitada una vivienda cuando "no se hace uso residencial de ella durante más de seis meses consecutivos en el plazo de un año desde el último día de efectiva habitación" o si nunca han sido habitadas. Para comprobar en qué estado se encuentran las viviendas, la Junta de Andalucía creará un servicio de inspección que cruzará una serie de datos de consumo de la casa (agua, luz, electricidad, telefóno) y los datos del padrón.
 
Las entidades esperan que el Gobierno recurra al Tribunal Constitucional la norma andaluza para que quede en suspenso. "Si no, el sector tendrá que acatar la ley aunque se mostrará muy vigilante para tomar cualquier tipo de acción judicial", destacan desde un par de entidades.
 
Desde el pasado verano, alguna promotora o entidad financiera, de forma esporádica, ha recurrido a la seguridad privada ante episodios puntuales de ocupación. Varios adosados en Alhaurín de la Torre, un bloque de viviendas en la Trinidad, una promoción de 30 apartamentos en Almayate o una urbanización entera en Torremolinos. Todos estos ejemplos que pone la PAH de Málaga se reparten a lo largo del resto de provincias andaluzas.
"A los bancos no les interesa que salgan a la luz, ya que dañan su imagen y dificultan la venta de sus propiedades", aseguran desde este colectivo de afectados por los desahucios.
 
En Andalucía, la expropiación temporal será de aplicación en procedimientos de desalojo instados por los bancos y sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos, y las entidades afectadas por la expropiación recibirán a cambio el 2% del justiprecio, que es lo previsto en la Ley de Expropiaciones. En esta Comunidad Autónoma hay alrededor de 700.000 viviendas desocupadas, de las que entre 350.000 y 500.000 pertenecen a personas jurídicas.

Resolución de la Agencia de Protección de Datos sobre las camaras de vigilancia

Prensa sindical CC.OO. boletin nº 20



Estimadas compañeras, estimados compañeros
El Centro de Documentación Confederal, en colaboración con los centros de documentación de la USMR y el CERES, y la Biblioteca de la Fundación 1º de Mayo, os enviamos el enlace a un nuevo número del boletín, Prensa Sindical Comisiones Obreras

Con una selección de artículos publicados en las revistas editadas por nuestra organización y accesibles a través de Internet, pretendemos contribuir a la difusión de la información generada por nuestro sindicato.
 
En este número podéis ver los artículos seleccionados de las revistas publicadas en marzo.
 
Esperamos que la información contenida en estos boletines sea de vuestro interés y os animamos a colaborar con vuestras sugerencias.
 
Saludos cordiales

CCOO y CSI-F valoran muy positivo el acuerdo alcanzado con Eulen Seguridad en defensa de los 154 puestos de trabajo

  • La propuesta sindical ha servido para que hasta marzo de 2015 se garantice el empleo de la plantilla de esta empresa en Valladolid
Comisiones Obreras de Valladolid, por medio del Sindicato Provincial de Servicios Privados, y CSI-F quieren dejar bien patente ante la opinión pública vallisoletana el gran paso que ha supuesto el acuerdo alcanzado en la empresa Eulen Seguridad en defensa de los 154 puestos de trabajo. Dicho "entente" alcanzado entre el comité de empresa y la dirección vallisoletana de la multinacional española de servicios ha servido para que durante los dos próximos años (hasta marzo de 2015) no haya ningún despido ni traslado en esta compañía de vigilancia. Merced a este acuerdo se ha paralizado el traslado previsto de diez trabajadores durante las pasadas Navidades.
CCOO y CSI-F valoran muy positivo el acuerdo alcanzado con Eulen Seguridad.
CCOO y CSI-F valoran muy positivo el acuerdo alcanzado con Eulen Seguridad.
Luis Sáez, secretario general del Sindicato Provincial de Servicios Privados de Comisiones Obreras de Valladolid, ha manifestado en el transcurso de la rueda de prensa que ha tenido lugar esta mañana en la sala de prensa de nuestro sindicato, que lo acordado con Eulen Seguridad supone todo un hito en el sector ante el reiterado goteo de pérdida de empleo. “La situación provocada por los continuos recortes en los diferentes concursos de las administraciones está haciendo mucho daño al empleo. De ahí que el acuerdo alcanzado con Eulen hay que valorarlo como muy positivo. Lo que hemos logrado es un reparto de la carga de trabajo entre toda la plantilla en aras de la supervivencia del empleo global”

El acuerdo se centra en una serie de cuestiones básicas que se respetarán durante los dos próximos años:
* Reparto del cómputo de horas anual entre todos los trabajadores y trabajadoras.
* Diversificación de los periodos de vacaciones, respetando una quincena para toda la plantilla en tiempo estival, mientras que resto de los días se disfrutarán durante el resto del año a tenor de las necesidades laborales.
* Flexibilidad en los centros de trabajo y en los horarios laborales con el objetivo de que la empresa se pueda adaptar a todas las necesidades que se produzcan.
* Toda la plantilla tendrá una suspensión de empleo y sueldo durante 28 días en estos dos años de vigencia del acuerdo.

Reducción de entre el 20 y 30% de la carga laboral en seguridad

Juan García, responsable de Seguridad del Sindicato Provincial de Servicios Privados de CCOO de Valladolid y presidente del comité de empresa de Eulen Seguridad, ha señalado que en los últimos años se ha visto reducida la carga laboral en seguridad en Valladolid entre un 20 y 30%. “Incluso en algunos ámbitos esta cifra ha llegado hasta el 50%. Muchos servicios se han reducido y otros se han cerrado con los ajustes de las administraciones. El goteo en la pérdida de empleo no ha parado y es previsible que perdure, como poco, unos dos años más”.

En el transcurso de la rueda de prensa también han estado Francisco Velasco, responsable de Seguridad Privada de CSI-F, y Luis Dehesa, secretario del comité de empresa de Eulen Seguridad por parte de CSI-F.

El personal de seguridad privada tendrá consideración legal de agente de la autoridad

Según el anteproyecto la nueva Ley de Seguridad Privada en la que está trabajando el actual gobierno consideraría agentes de la autoridad al personal de seguridad privada bajo cumplimiento de los artículos que lo desarrollan.
Así pues, y si estos artículos no se modifican desde el anteproyecto hasta la aprobación de dicha ley, el personal de seguridad privada tendría la consideración legal de agente de la autoridad.
Como hemos podido observar, en dicho anteproyecto en lo referente al “Título III” por el cual se desarrolla el Personal de Seguridad Privada, “Capitulo I”, en las Disposiciones Comunes, y tal y como se describe en el “Artículo 31” que desarrolla la Consideración legal de agente de la autoridad, se enumeran los tres puntos que hacen referencia a los requisitos a tener en cuenta para que el Personal de Seguridad Privada, tenga esta consideración legal.
A continuación analizaremos brevemente cada uno de los puntos:
        1.- Cuando el personal de seguridad privada debidamente identificado actúe con los  miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o siguiendo sus instrucciones, tendrá la consideración legal de Agente de la Autoridad.
Por lo dispuesto en este punto, queda claro que cualquier actuación del personal de seguridad privada, siempre debidamente identificado, ya sea mediante su uniformidad, o por dar a conocer su identificación TIP de seguridad privada, y actuando en colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad o siguiendo sus instrucciones, este tendrá consideración legal de Agente de la Autoridad.
Por lo tanto y en ejercicio de sus funciones siempre y cuando el personal de seguridad privada, no este acompañado o bajo las instrucciones de los FCS, carecerá de la misma, con todos los riesgos que con ello conlleva.
         2.- Se consideran agresiones a la autoridad las que se cometan contra el personal de seguridad privada debidamente identificado con ocasión o consecuencia del ejercicio de sus funciones.
Por este punto podemos decir ahora si, que en el ejercicio de sus funciones, el personal de seguridad privada, debidamente identificado, que sea agredido, contará con el apoyo legal que supone ser agente de la autoridad.
Cabe destacar dos puntos interesantes tras la lectura de este artículo a nuestro modo de ver:
• Solo será considerado como tal si es agredido en el ejercicio de sus servicios.
• ¿Se entiende por agresión, la física, verbal o moral? ¿Solo la física?
         3.- Cuando el personal de seguridad privada sea considerado legalmente como agente de la autoridad, dicha consideración será tenida en cuenta a los efectos del régimen sancionador.
Este punto hace constar que una vez que el personal de seguridad privada, cumpla los requisitos de los puntos 1 y 2 del Artículo 31 y por ello tenga la consideración legal de agente de la autoridad, a efectos legales y su régimen sancionador . Es decir, que desde el mismo momento que el personal de seguridad privada goce de dicha condición a la hora de seguir los cauces legales o judiciales necesarios para la resolución de cualquier incidente, a su vez este, estará supeditado a todas las cuestiones legales, tanto derechos y deberes que para ello se disponen, en cualquiera de sus actuaciones, bajo la condición de agente de la autoridad.
Recordamos que por ahora, este texto y los Artículos anteriormente citados se encuentran todavía con consideración legal de Anteproyecto de Ley, por lo que es posible que puedan sufrir modificaciones hasta su aprobación en las cortes generales.
 

Anteproyecto de ley. Reforma de la Ley de Seguridad Privada

Respuesta de la Secretaria Gral. Tecnica del Ministerio del Interior sobre el uso de sprays por el personal de seguridad privada




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Ante las dudas surgidas en el colectivo de seguridad privada creadas por la respuesta de la Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, en relación con la pregunta sobre el uso de sprays defensivos por parte del colectivo de vigilantes de seguridad privada en el ejercicio de sus funciones, emitimos esta nota aclaratoria con el fin de disipar las dudas creadas.


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Madrid Sindical nº 293 Abril 2013

«Continuaré en huelga de hambre aunque mi vida peligre», dice el exescolta

«Continuaré en huelga de hambre aunque mi vida peligre», dice el exescolta

 
«Terminaré la huelga cuando cumplan y me den trabajo». Así lo asegura el exescolta murciano Ramón Roca, que inició ayer una huelga de hambre ante la prisión de Sangonera la Verde, con el fin de reclamar al Ministerio de Interior su recolocación como vigilante de seguridad en un centro penitenciario.
 
Roca se encuentra desde el pasado domingo acampado ante la cárcel, acompañado de su mujer y de su hija, aunque ayer se le unió Basilio Cervantes, un compañero que atraviesa la misma situación y que ha decidido también ponerse en huelga de hambre. «No llego a final de mes. Estoy en Cáritas recogiendo alimentos, pero se hace todo muy duro», lamentó ayer Roca con un gesto de desesperación y tristeza.
 
Este vecino de Alcantarilla, que posee lo justo en la tienda de campaña para dormir, siente impotencia por todo lo que está viviendo. «Decidí ponerme en huelga porque hablé con dos compañeros de Algeciras; ellos habían hecho lo mismo porque se encontraban en igual situación. No llevo ni dos días; la noche se hace dura porque no puedo dormir, quizás por los nervios y porque hace frío», relata.
 
Después de trabajar durante cinco años como escolta de un concejal socialista en Eibar, la empresa de seguridad para la que trabajaba presentó un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) y despidió a 156 compañeros. Su regreso a Murcia lo hizo con la promesa del Ministerio del Interior de recolocarlo como vigilante de prisiones. Pero hasta ahora ese compromiso no se ha cumplido y, a escasos meses de finalizar el subsidio por desempleo, Roca asevera que protestar es lo único que le queda, «aunque con ello ponga mi vida en juego».
 
 

Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada

La nueva Ley de Seguridad Privada será más estricta y rigurosa con el sector y abrirá la puerta a nuevos servicios

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, informó hoy al Consejo de Ministros del Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada, que pretende, entre otros objetivos, impulsar la coordinación y cooperación entre los sectores de seguridad pública y privada y abrir a este último la posibilidad de prestar nuevos servicios demandados por la sociedad y que no están recogidos en la normativa actual. A la vez, será más estricta y rigurosa con las compañías de seguridad privada con un régimen sancionador exigente.

La seguridad privada en España ha experimentado un extraordinario desarrollo en los últimos años. Como botón de muestra, el sector está compuesto por casi 1.500 compañías, con una plantilla de unas 90.000 personas y una facturación de 3.600 millones de euros, según los últimos datos disponibles correspondientes al ejercicio 2011.
España es uno de los países que lidera este sector. En cambio, nuestro país es uno de los Estados de Europa con más policías por habitante (528 agentes por cada 100.000 habitantes, frente a los 385 de media de la UE). Mientras, el número de los vigilantes privados se sitúa en unos 200 por cada 100.000 habitantes, 71 menos que la media de la UE.
En su momento, la actual normativa de Seguridad Privada, que data de 1992, fue pionera e imitada por los países de nuestro entorno. No obstante, 20 años después de su aplicación ha quedado ampliamente superada por la realidad y ha puesto de manifiesto sus insuficiencias y lagunas. La normativa vigente no está adaptada al entorno tecnológico esencial para el sector de la seguridad privada y no recoge el régimen actual de distribución de competencias entre el Estado y las autonomías. Hasta la fecha, estas insuficiencias han sido paliadas por normas reglamentarias o resoluciones de la Dirección General de la Policía sin verdadero carácter normativo, que han generado problemas de inseguridad jurídica y de dispersión normativa.
De ahí la necesidad de disponer de un nuevo texto jurídico con rango de ley, que regule de forma integral y sistemática el modelo español de seguridad privada y dote al sector de un marco jurídico flexible, que permita la adecuación de los requisitos exigibles a la naturaleza de las distintas actividades y servicios de seguridad privada. 
Con el Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada, que hoy presentó el ministro del Interior en el Consejo de Ministros, se supera la concepción consagrada en la Ley de 1992 centrada en el control y la potestad sancionadora en este sector para acoger un planteamiento más ambicioso de seguridad integral en el que la seguridad privada pasa a ser complemento de la pública, siempre bajo la preeminencia de esta última.
Para ello, el nuevo texto incorpora el principio de complementariedad entre la seguridad privada y pública, considerando aquélla un recurso externo de ésta. Mientras, la normativa aún vigente pone el acento exclusivamente en el principio de subordinación de la seguridad privada a la pública. En este contexto, los principios de irrenunciable preeminencia de la seguridad pública sobre la privada y de complementariedad, cooperación y corresponsabilidad constituyen los ejes rectores de esta nueva norma.
Con el fin de de dotar de mayor seguridad jurídica al sector,  el nuevo texto define legalmente los conceptos hasta ahora jurídicamente imprecisos, fija el ámbito material y la finalidad a la que sirve la seguridad privada y determina las actividades compatibles con las propias de la seguridad privada. Además, incorpora la investigación privada a las actividades de las empresas de seguridad y matiza el principio de exclusión de la seguridad privada en espacios públicos, excesivamente rígida y obsoleta.
El título primero de la futura ley está dedicado a la coordinación y colaboración entre los servicios de seguridad privada y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, una de las ideas clave de esta ley. Para ello, prevé la creación de Comisiones Mixtas de Seguridad Privada integradas por representantes del Ministerio del Interior, del sector de seguridad privada y de las autonomías con competencia en esta materia.
Mayor control de los detectives
El título segundo del texto normativo regula las empresas de seguridad y despachos de detectives, que deberán inscribirse en un nuevo Registro Nacional de Seguridad Privada. Se establece un sistema flexible que permitirá incrementar o reducir los requisitos de las empresas, en función de la actividad desempeñada.
La nueva ley incrementa, además, el control sobre la actividad de los detectives privados, con nuevas obligaciones:
  1. Deberán documentar los encargos en un contrato escrito.
  2. Además del libro-registro que ya llevan, habrán de elaborar un informe permanentemente actualizado, en el que conste el cliente, el encargo, los medios utilizados y los resultados obtenidos.
  3. El informe estará en todo momento a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de la Autoridad Judicial.
  4. Presentarán una memoria anual de actividades al Ministerio del Interior.
Además, se regula más estrictamente el acceso a la investigación privada y su ejercicio, que afecta a ámbitos de la vida privada protegidos por derechos fundamentales y libertades públicas. Por esta razón es preciso un exhaustivo régimen legal que garantice el respeto a tales derechos e imponga límites frente a un ejercicio inadecuado de esta actividad.
El título tercero se refiere al personal de seguridad privada y regula cuestiones anteriormente dejadas al reglamento, tales como las relativas a las funciones de gran parte del personal de seguridad. Como respuesta al gran avance tecnológico y al fuerte incremento del subsector de las alarmas, se prevé que la verificación de alarmas sea una función de los vigilantes de seguridad.
Por primera vez, se regula en una norma de rango legal las medidas de seguridad física, electrónicas, informáticas… Esta nueva Ley abrirá las puertas a las compañías de seguridad privada a nuevos servicios demandados por la sociedad. Por ejemplo:
                                                      .
  • Servicios de videovigilancia privada dentro de inmuebles.
  • Gestión y respuesta de alarmas.
  • Vigilancia de polígonos, urbanizaciones y zonas comerciales peatonales.
  • Servicios de planificación y asesoramiento.
  • Vigilancia perimetral de prisiones siempre bajo la dirección de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Investigación privada.
Las actuaciones de control e inspección sobre las entidades, el personal y las medidas de seguridad se recogen también, por primera vez, con rango de ley, así como la obligación de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de ese personal. Además, se regulan las medidas provisionales que pueden adoptar los funcionarios policiales antes de la incoación de un expediente sancionador, cuando sea necesario para evitar la producción de daños (suspensión de servicios prestados por empresas no autorizadas, desconexión de alarmas…).
El anteproyecto pone punto y final a las carencias de la anterior legislación, con un régimen sancionador que tipifica por separado las infracciones de las empresas, del personal y de los usuarios de seguridad privada, incluyendo, por primera vez, los centros de formación de personal. Con el fin de acabar con el  intrusismo, se aplicarán  graves sanciones, que pueden llegar hasta   el cierre de las empresas que infrinjan esta normativa.
Por último, el texto se adapta a la actual distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas e introduce también instrumentos para evitar la actuación de empresas que incumplan sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y los derechos de los trabajadores, comprometiendo gravemente la seguridad.

Resolución del MESS sobre la publicación del Convenio Colectivo






 
El Ministerio de Empleo ha autorizado la publicación en el BOE del nuevo convenio de aplicación estatal.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha ordenado la inclusión en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, así como en el Boletín Oficial del Estado, del nuevo convenio para las empresas de seguridad privada.
 
Con esta publicación se pone fin a la conflictividad generada por la ausencia de un convenio colectivo de eficacia general.
 
Uno de esos compromisos implica que la mayoría de las empresas que en 2012 no abonaron la subida pactada del 2’4 por ciento, deberán hacerlo en concepto de atrasos.
Su marco de actuación es todo el ámbito nacional y el periodo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2014.

La decisión otorga validez formal a un convenio cuya negociación se inició en abril de 2012 y ha atravesado diferentes etapas para adaptar su contenido a las actuales circunstancias económicas.
El articulado definitivo ha sido suscrito por todas las patronales del sector así como por todas las organizaciones sindicales (CCOO, UGT Y USO) con representación en la mesa de negociación a excepción de CIG.

El texto definitivo contempla como mejoras fundamentales el mantenimiento de las condiciones laborales en caso de subrogación empresarial y fija la ultra-actividad indefinida, esto es: pese a la nueva reforma laboral el sector contará siempre con un marco legal.

El Gobierno tramita este viernes la ley de seguridad privada y Autoridad Fiscal


 
El Consejo de Ministros tramitará este viernes sendos anteproyectos sobre la futura ley de seguridad privada y sobre la figura de la Autoridad Fiscal Independiente, que pretende garantizar el cumplimiento de la estabilidad presupuestaria.
La reunión del Gabinete estará presidida por Mariano Rajoy, y a ella asistirán todos los ministros excepto el de Economía, Luis de Guindos, quien se encuentra de viaje oficial en Dublín.
El anteproyecto de ley de seguridad privada impone mayores controles a la actividad de los detectives privados y prohíbe el espionaje si vulnera la intimidad de las personas.
Con el fin de actualizar la vigente normativa, que data de 1992 y que ha sufrido múltiples modificaciones, el Ministerio del Interior ha redactado un anteproyecto para adaptar el sector al extraordinario auge experimentado debido, entre otros motivos, a la innovación tecnológica.
Ya el titular de este departamento, Jorge Fernández, anunció el pasado 12 de marzo en la comisión de Interior del Congreso esa nueva regulación, que afectará a los detectives privados, después de que el caso de espionaje de la agencia Método 3 a dirigentes políticos catalanes originara un debate sobre los límites de la actividad de estos profesionales.
Tal y como avanzó el ministro, las investigaciones estarán sujetas a determinadas "cautelas", como la obligación de "velar por la legitimidad del encargo de investigación, la formalización por escrito del contrato o la inscripción de la investigación en un libro registro a disposición de las fuerzas de seguridad del Estado".
Los detectives también deberán realizar un informe de investigación por cada encargo, que se pondrá a disposición de las fuerzas de seguridad y de la autoridad judicial.
La ley, que ordenará la normativa dispersa que existe en el sector de la seguridad privada, quiere dotar también de mayores garantías jurídicas a las empresas y a los ciudadanos y, en ningún caso, según el ministro, supondrá paso alguno para la privatización de la seguridad pública.
De hecho, el objetivo es hacer más "compatibles" y "complementarias" las actividades que desarrollan los servicios públicos con los privados, cuyas empresas -casi 1.500 en toda España- facturan al año más de 3.200 millones de euros y dan empleo a 90.000 personas.
 

El tribunal Costitucional mejora las prestaciones de los contratos a tiempo parcial

Acampada de vigilantes de seguridad en Rábade (Lugo)



Miniatura
Un grupo de vigilantes de seguridad se manifestó este martes ante el centro de menores Santo Anxo, de Rábade. Los empleados reclaman que la empresa Prosetecnisa, actual encargada de los servicios de vigilancia, subrogue a los empleados de Sequor, que era la anterior.
 
MiniaturaLos vigilantes afectados presentaron en días pasados una demanda contra la empresa ante el juzgado de lo social. Se les adeudan cinco meses de nómina, según denunciaron. Desde que el 1 de abril empezó la nueva concesión, han acudido todos los días a trabajar, pero no se les ha permitido acceder al interior del centro.
Por ese motivo, tras la protesta se acordó ceder a los afectados una caravana para que puedan acampar allí mientras no se resuelve esta situación.

12 trabajadores de Seguridad Integral Canaria inician huelga de hambre

12 trabajadores de Seguridad Integral Canaria inician huelga de hambre en la sede de la consejería de Bienestar Social.
 
Para protestar por las condiciones laborales y económicas a las que son sometidos por esta empresa. Denuncian amenazas desde la empresa.
 
ImageUn grupo de Vigilantes de Seguridad de la empresa Seguridad Integral Canaria, que presta servicio en el Centro de Menores de Valle Tabares, se manifestaba en el día de ayer en los exteriores de la Consejería de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, para protestar por las condiciones laborales y económicas a las que son sometidos por esta empresa.
 
Hartos de vagar de despacho en despacho de la Consejería, los trabajadores iniciaron este lunes una Huelga de Hambre ante las dependencias de la Consejería, frente al Mercado de Nuestra Señora de África, en Santa Cruz de Tenerife. 

Además 12 trabajadores de esta empresa, los mismos que están secundado la Huelga de Hambre, han presentado una denuncia en los Juzgados de Santa Cruz de Tenerife, por unas supuestas amenazas por parte de algún Jefe de la empresa, que quiere despedirlos si no abandonan la Huelga.

Revista Cuadernos de Seguridad nº 277 Abril 2013

Comunicado de la Sección Sindical de CC.OO. en Segur Ibérica-Madrid



Como las demás secciones sindicales de CCOO de las distintas empresas de Madrid esta sección sindical de Segur Ibérica queremos ponernos en contacto con nuestros afiliados para hacer una valoración de cómo han transcurrido los hechos hasta la firma del nuevo Convenio Colectivo Estatal de Empresas de  Seguridad .