Sentencia favorable a un vigilante de seguridad de Cantabria contra Securitas por no subrogarle.‏

El Juzgado de lo Social nº 1 de Santander ha emitido Sentencia favorable al miembro del Comité de Empresa en Eulen Seguridad Cantabria por CC.OO. y contra Secuitas España por no subrogarle y por tanto reconociendo la improcedencia de su despido, obligando a ésta al pago de salarios hasta la fecha y a la reincorporación en su puesto y centro de trabajo.

El resumen de lo sucedido es el siguiente:

1. Juan Carlos es representante de los trabajadores en Eulen Seguridad y su centro de trabajo es la Consejería de Industria del Gobierno cántabro en un edificio del Parque Tecnológico antabria (PCTCAN).

2. Dos meses antes de los hechos denunciados, los empleados públicos de la Consejería de Ganadería se trasladan al edificio de Industria en PCTCAN, compartiendo instalaciones con los de la Consejería de Industria. La Consejería de Ganadería tenía vigilantes en sus anteriores instalaciones, de la empresa Securitas, pero durante ese traslado los vigilantes de Eulen trabajaron en las instalaciones también para la Consejería de Ganadería.

3. La consejería de Industria finaliza su contrato con Eulen y los vigilantes de Securitas que estaban en las anteriores instalaciones de la Consejería de Ganadería pasan a custodiar las instalaciones del PCTCAN, sin respetar Securitas el derecho de subrogación de los vigilantes que ya se encontraban custodiando esas instalaciones por parte de Eulen, amparándose en el cambio de titularidad en el contrato de seguridad.

4. El delegado de CC.OO Juan Carlos reclama su plaza e interpone denuncia. Otro trabajador y delegado de UGT, no denuncia a Securitas y obliga a Eulen a reubicarlo en otro centro de la empresa en Cantabria por derecho de permanencia sindical, suponiendo el despido de otro empleado de la delegación.

5. Cuatro meses después, el delegado de CC.OO. y el abogado de los servicios jurídicos de CC.OO. Cantabria Rafa Calderón ganan el juicio contra Securitas y recupera su puesto de trabajo en el PCTCAN.

6.Cabe recurso al TSJC.
Descargar JS- subragacion_cambiodenombreempresa.pdf (365,5 kB)

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