El Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba ha declarado nulo el despido de una vigilante de seguridad de una empresa, que desarrollaba su labor en el Centro de Internamiento de Menores Sierra Morena, por ser "discriminatorio" al haberse producido mientras que la trabajadora estaba embarazada.
Según informa el sindicato CSIF, el juez ha considerado que el despido de la vigilante, que se produjo en abril de 2014, "es nulo porque tiene por causa única su condición de mujer que quiere ser madre, lo que entraña, sin más, una intolerable discriminación por razón de sexo".
En consecuencia, el magistrado ha señalado que "la nulidad del despido, habida cuenta del mismo por razón del sexo de la actora --pues entraña directamente con la voluntad de la misma de ser madre--, es harto evidente".
Por este motivo, el juez ha ordenado a la empresa la "inexcusable readmisión de la trabajadora en su mismo puesto de trabajo, en las mismas condiciones anteriores a su despido y con abono de los salarios dejados de percibir hasta su cautelar readmisión".
En la resolución judicial se ha indicado que la empresa "deberá pagar 3.000 euros" en concepto de "daño moral" a la empleada, a fin de "resarcir suficientemente a la víctima y restablecerla, en la medida de lo posible, en la integridad de su situación anterior a la lesión, así como para contribuir a la finalidad de prevenir el daño".
Asimismo, se da la circunstancia de que "esta trabajadora fue despedida dos días antes de que se presentara la candidatura de CSIF para las elecciones sindicales en la empresa", ha indicado el sindicato.
El responsable del Área de Seguridad Privada de CSIF Córdoba, Rafael Fernández, ha mostrado su "sorpresa" y su "malestar" por la forma de actuar de la empresa en este asunto y le ha instado a dar cumplimiento al Plan de Igualdad y al Protocolo de Acoso, firmados recientemente con los sindicatos mayoritarios.