La Audiencia Provincial de Madrid ha rebajado de dos años y medio de cárcel a multa de 1.980 euros la condena impuesta a dos familiares de nacionalidad ecuatoriana por apalizar a un vigilante de seguridad cuando volvía de su trabajo tras recriminarles que sus hijos estaban saltando encima de unos coches en el barrio de Pueblo Nuevo, en el distrito de Ciudad Lineal.
Así consta en una sentencia fechada el 10 de enero, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que los magistrados d la Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid estiman en parte el recurso de apelación presentados por los condenados, José A.B. y José Miguel M.B, en primera instancia.
La resolución, contra la que no cabe recurso ordinario alguno, mantiene los 30.000 euros que deberán indemnizar al herido por las lesiones provocadas. La parte del recurso estimada se refiere al motivo en el que los recurrentes alegaban que "la pena impuesta era excesiva".
Pese a que los magistrados de la Audiencia verifican "la brutalidad" desplegada por los atacantes, estiman encajar los hechos ocurridos aquella tarde en el actual artículo 147.1 del Código Penal en su redacción vigente. Este artículo establece "un margen punitivo más favorable al reo". Antes oscilaba entre seis meses y tres años de prisión, mientras que con la reforma ahora ofrece penas alternativas de multa de seis a doce meses.
El juez de Instrucción número 29 de Madrid penó a los agresores a dos años y medio de cárcel por un delito de lesiones al dar por acreditado que los hombres patearon a la víctima el 17 de mayo de 2014 cuando volvía de trabajar. En la agresión participaron cinco personas de una misma familia, de las que solo han sido condenados dos, según fuentes próximas al afectado.
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