La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) desestimó el recurso presentado por un vigilante de seguridad contra la sentencia que declaró procedente su despido, sin derecho a indemnización alguna. Este se produjo por haber abandonado su puesto durante tres cuartos de hora para ir a comprar agua, según declaró.
La resolución indica que el juzgado de lo Social al que correspondió su demanda declaró probado que este trabajador de la empresa de seguridad, S., fue despedido en septiembre de 2016, después de que se comprobara que se ausentó de las instalaciones en las que prestaba sus servicios, ubicadas en San Pedro.
En la carta en la que la empresa le comunicaba el cese como autor de una falta muy grave, se recogían los hechos y la mala imagen que habían creado ante los responsables de la sociedad que había contratado sus servicios tras sufrir un incendio. En su descargo, el trabajador aseguró que se había ausentado para comprar agua y que se había perdido.
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