El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación del Convenio publicado en el BOCAM para los trabajadores de la Comunidad de Madrid de la empresa Grupo Control de Empresa de Seguridad.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que el Alto Tribunal desestima un recurso de casación interpuesto por la empresa contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anuló el citado convenio.
La Federación de Servicios de UGT en Madrid interpuso demanda ante el TSJM, contra dicha norma y se solicitaba la nulidad los artículos 18, 22, 41, 41 bis, 45 y 71, por concurrir con el Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada.
En fecha 18 de mayo de 2015 se dictó sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), estimando la petición del sindicato. Ahora, los magistrados del Alto Tribunal confirman la resolución de instancia.
El fallo confirma que el ámbito de prioridad aplicativa establecido por la Reforma Laboral tiene que ser como mínimo la Empresa y en ningún caso un ámbito inferior a la misma, como sucedía en el presente caso que se aprobó un Convenio para los trabajadores de la Comunidad de Madrid.
En un comunicado, FeS-UGT-Madrid ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo y ha exigdio a la empresa Grupo Control de Empresa de Seguridad la aplicación del Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada.
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