En el día de hoy nos ha sido notificada la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo que confirma la Sentencia de la Audiencia Nacional ante la demanda presentada por CCOO de Construcción y Servicios y otras organizaciones sindicales y en virtud de la cual se anuló el art. 45.2 del Convenio del sector de empresas de seguridad para el año 2015, debiendo incluirse en la retribución de las vacaciones, además de los conceptos incluidos en la tabla de retribuciones del Anexo, los demás complementos de puesto de trabajo contenidos en el art. 66.2 del Convenio.
Dado que, ante las reclamaciones individuales planteadas por los trabajadores y trabajadoras, algunas Empresas han opuesto la litispendencia de este asunto, ponemos en vuestro conocimiento que tal causa ha cesado por lo que procede reactivar las reclamaciones que estén en curso para su resolución definitiva.
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