Acta nº 9 Comite de empresa


                                          
 
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La empresa nos propuso que se estudiara la formula para realizar una jornada anual, alegando que de esa manera no tendrian que despedir a trabajadores que actualmente estan sin servicio; pero realmente lo que querian  era modificar el art.41 del actual Convenio, concretamente la parte de "si un trabajador por necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes".
 
De esta manera serian los trabajadores los que pagarian la ineficacia de algun departamento,;podrian tener a un trabajador sin servicio y cuando lo recolocaran y pasara de su jornada mensual podrian reclamarle el pago de (su ineficacia) la jornada que no realizo en su momento, por causas no imputables al trabajador.
 
Por unanimidad del Comite se respondio que no pueden pretender hacer en Madrid , lo que se esta negociando a nivel estatal.
 
Por otro lado se ha pedido la eliminación del requisito de tener que facilitar un correo electronico para el acceso del trabajador a sus nominas.
 
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