Resolución del MESS sobre el Convenio Colectivo




RESOLUCION DEL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SOBRE EL INFORME DE LA COMISION NACIONAL DE LA COMPETENCIA, en relacción con el Convenio Colectivo pendiente de publicación. Esta resolución hace previsible que en breve se proceda a la publiucación del Convenio.
Conclusión:
La redacción del artículo 14.B) del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad para el periodo 2012-2014 evita incurrir en gran parte de los obstáculos a la competencia que se identificaron con respecto al Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2005-2008, ello sin perjuicio de las observaciones señaladas en los apartados 3.1, 3.2 y 3.3.
En todo caso, este examen formal del artículo 14.B) en virtud de las funciones consultivas que la Ley 15/2007 confiere a la CNC en ningún caso sustituye u obsta a las funciones que la CNC tiene atribuidas en virtud del artículo 24 de la Ley 15/2007. En particular, no impediría su actuación futura en el caso de que la interpretación y aplicación que las partes firmantes del convenio o las empresas del sector tenga por objeto o efecto distorsionar la competencia”.
En consecuencia, mediante el presente oficio se pone en conocimiento de esa Comisión Negociadora el contenido de dicho informe y se notifica la reanudación de la tramitación del expediente de referencia, habilitándose un plazo de diez días hábiles para que adopten las modificaciones en el texto del convenio que estimen convenientes y adecuadas al contenido de dicho informe, o bien, se ratifiquen en el último texto definitivo del convenio que aprobaron y, en cualquier caso, para que puedan realizar las alegaciones que estimen pertinentes.
 
Primeras consecuencias:
 
Prosegur anula la constitución de la mesa negociadora en espera de un acuerdo a nivel estatal (Copia del correo remitido por Prosegur al comite de empresa)
Por la presente les informamos que como consecuencia de la convocatoria de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad el próximo día 14 de febrero de 2013 y en virtud de la voluntad de Prosegur de agotar todas las vías de diálogo con los representantes de los trabajadores, que permitan un acuerdo en el seno de la negociación colectiva sectorial, la Dirección de la Compañía ha tomado la decisión de aplazar la constitución de la mesa negociadora del periodo de consultas establecido en los arts. 82 y 41 del Estatuto de los Trabajadores para proceder a la inaplicación del Convenio Colectivo de aplicación y a la modificación sustancial colectiva de determinadas condiciones de trabajo, a la espera de las posibles conclusiones que surjan de la referida Mesa de negociación.
Por tanto, se anula la reunión prevista para mañana 12 de febrero.
En caso de que el proceso antes referido no pudiera llegar a buen término, les indicaríamos nueva fecha de convocatoria.
Les pedimos disculpas por los inconvenientes que este aplazamiento les pueda haber causado.
 Les rogamos den traslado de esta información al resto de representantes de su sindicato que estarán presentes en dicha reunión.
Atentamente,
Juan Luis Martín Carrera
Director de Relaciones Laborales

Seguiremos informando

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