Os remito BOE del día de hoy con Resolución de 4 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la sentencia de la Audiencia Nacional relativa al Convenio colectivo de Viriato Seguridad, SL.
Como podréis ver se han atendido las irregularidades que conculcan la legalidad vigente en materia de capacidad y legitimación para negociar y, derivadamente. sobre la composición de la comisión negociadora en los ámbitos empresarial que pretendan tener ámbito territorial estatal.
Se desestima el recurso empresarial y estima el interpuesto por el sindicato demandante, en los términos expuestos, decretando la nulidad total del convenio colectivo impugnado.
Por consiguiente, probado que el convenio de la empresa demandada se suscribió únicamente con los delegados de centro de Murcia, la consecuencia inexorable es la nulidad del convenio, por cuanto dichos trabajadores representaban y representan al centro de Murcia, lo que no les ha impedido imponer el convenio a todos los centros de trabajo de la empresa presentes y futuros, por cuanto dicha actuación quiebra claramente el principio de correspondencia entre representatividad real y el ámbito del convenio.
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