Sentencia: se reconoce el derecho al descanso como tiempo de trabajo retribuido.

El juzgado de lo social nº 11 de Valencia ha dado la razón a dos vigilantes de seguridad, representados por CC.OO., frente a la empresa Securitas, reconociendo el derecho de los trabajadores a disponer de los 15 minutos de descanso considerado como trabajo efectivo, al ser descontados por la empresa.

Para dichos trabajadores venía reconocido este derecho por sus anteriores empresas, con lo que la nueva adjudicataria la cual se lo quito, el juez entiende que tienen reconocido el derecho a disponer de los 15 minutos de descanso como trabajo efectivo.

La resolución es firme y no cabe recurso.



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