Resumen:
Se vulnera el derecho a la libertad sindical al tratar de imponer la presencia de representantes de la empresa en las reuniones de trabajadores.
La empresa argumento que "no nego a los trabajadores el derecho a reunirse ni les denego la celebración de la asamblea sino que simplemente considero oportuno poner a su disposición a dos mandos intermedios para asesorarles", estimando la sentencia que " esta circunstancia delimita de forma clara la libertad de opinión de los trabajadores"
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