La Inspección de Trabajo de Bizkaia sanciona a Prosegur por acoso moral a una trabajadora, según CC OO

CCOO de Euskadi exige que la sanción sea ejemplar al tratarse de una conducta inaceptable

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia ha emitido una resolución por la cual se va a extender un acta de infracción por falta muy grave a la empresa Prosegur España SL debido a que se entiende que la citada empresa ha vaciado de contenido el puesto de trabajo de la trabajadora N.C.L. de forma consciente. La trabajadora está contratada como técnico de cajeros, y en la actualidad permanece de baja médica desde el día 2 de diciembre de 2013.

La Inspección de trabajo, tras la denuncia realizada por CCOO de Euskadi, considera probado que la trabajadora permanece desde el día 13 de noviembre de 2013 en las oficinas de la compañía a la espera de que se le adjudique trabajo efectivo. En la resolución se cita de forma expresa que “la empresa ha vaciado de contenido efectivo la prestación de trabajadora, lo cual constituye un claro atentado contra su dignidad”. Si bien, la empresa alude causas productivas para la falta de ocupación de la trabajadora, no se ha preocupado en ningún momento de acreditar esas causas ni de adoptar ningún tipo de medida, del tipo que sea, para paliar la situación. Caso de que existiese causa justificada para que la empresa no pueda darle trabajo efectivo, la Inspección de Trabajo considera que Prosegur debería de haber relevado a la trabajadora de su obligación de acudir al centro de trabajo.

Por otra parte, se considera acreditado que existe una voluntad empresarial previa de modificar las condiciones de trabajo y que la trabajadora se negaba a esta modificación, siendo este conflicto lo que ha motivado que la empresa no encomiende trabajo efectivo, pero a la vez mantenga la “obligación de acudir al centro de trabajo para no hacer nada”, tal y como se recoge de forma textual en la resolución. Consecuencia de todo ello “ la empresa ha cometido un atentado contra la dignidad de la trabajadora, basado en una falta de ocupación efectiva manifiesta con obligación de acudir al centro de trabajo, y con el objetivo de presionarla para modificar sus condiciones de trabajo”.

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha considerado que el presente caso es “escandaloso”, y ha reclamado que la sanción a la que tenga que hacer frente Prosegur España SL sea ejemplar. Ríos ha considerado que a ninguna empresa, ni siquiera a una del tipo de la que hablamos, con infinidad de contratos en las administraciones públicas y en gran cantidad de obras públicas se le puede tolerar que actúe de esta manera, presionando y acosando a sus trabajadores y trabajadoras.

CCOO de Euskadi ha asegurado que esta sanción debe servir como aviso para empresas que estén valorando vaciar de ocupación efectiva a trabajadores concretos. Esta conducta está catalogada como acoso moral en el trabajo. CCOO de Euskadi ha reiterado que va a seguir denunciando todas las situaciones de este tipo de las que tenga conocimiento, como ha hecho en el presente caso, por lo que ha hecho un llamamiento a todos los trabajadores y trabajadoras que se encuentren en esta situación a que lo pongan en conocimiento del sindicato.

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