Viriato Seguridad sancionada por tener un "inspector multiusos"en Murcia.

Realizaba inspecciones a los trabajadores mientras cumplia con un servicio de acuda y custodia de llaves.

Es más que habitual que las empresas encarguen las inspecciones a quien no está habilitado o delegado para ello y que además, por su cargo, no pueden realizarlas por una simple cuestión de incompatibilidad. El artículo 99 del Reglamento de Seguridad Privada establece que el Jefe de Seguridad de la Empresa podrá delegar funciones de inspección en personas que reúnan condiciones análogas de experiencia y capacidad,comunicando en todo caso ante las FCSE el alcance de la delegación y las personas sobre las que recae, pero parece que no todas las empresas lo tiene claro.

VIRIATO SEGURIDAD es un ejemplo de ello El 6 de Junio del año pasado agentes de CNP interceptaron y comprobaron que un trabajador de esta empresa se encontraba prestando servicio de acuda de llaves, al mismo tiempo que se dedicaba a inspeccionar a otros servicios de seguridad en la estación de autobuses de Murcia. Por esta cuestión, los agentes actuantes de la Comisaria de Murcia-San Andrés, instruyeron el oportuno Atestado Policial -10067 de 7 de Junio de 2013- imputando la realización de funciones que exceden de la habilitación obtenida y circunstancias que infringen la Normativa en Materia de Seguridad Ciudadana.

Posteriormente, el 11 de Julio, se comunicó a VIRIATO el inicio del correspondiente expediente sancionador (3389/2013) por una presunta infracción de carácter grave prevista en el articulo 22,2,c de la Ley 23/1992 de Seguridad Privada y el artículo 149.3 del Reglamento que la desarrolla. Finalmente, la Dirección General de la Policía emitió resolución al expediente sancionador (28797/2013) imponiendo a VIRIATO SEGURIDAD una multa de 1200 € Además, como resulta que en el último año, también se había incoado a VIRIATO otro expediente sancionador por infracciones graves (28069),observa la sanción que se dan las circunstancias de reiteración y gravedad.


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